Overview
Con la finalidad de garantizar la seguridad operacional en las vías generales de comunicación, la SCT estableció que los concesionarios o permisionarios, deberán instrumentar aleatoriamente, un programa de prevención de consumo de drogas y alcohol que incluya:
I. Un examen toxicológico al cincuenta por ciento de su personal cuando menos cada doce meses, y
II. Una determinación de alcohol en aliento al cincuenta por ciento de su personal por lo menos cada seis meses.
Tercero autorizado: Expediente AMD306/2013.